.D1Nv47x4_Z2ncvbU.webp)
Política de juego responsable del Casino de Santander
1. Introducción y ámbito de aplicación
El presente documento establece los principios, procedimientos y obligaciones en materia de juego responsable aplicables al Gran Casino Sardinero, establecimiento de juego ubicado en Plaza de Italia, s/n, zona de El Sardinero, Santander, Cantabria, España, operado bajo la denominación Casino de Santander.
Esta política se aplica a todas las personas que accedan a las instalaciones del casino con el propósito de participar en actividades de juego, así como al personal del establecimiento en el ejercicio de sus funciones. El Casino de Santander opera conforme a la normativa española y autonómica de juego vigente, bajo la gestión de Grupo Comar en virtud del contrato de explotación en vigor.
El juego de azar, cuando se practica de forma descontrolada, puede derivar en conductas problemáticas con consecuencias personales, familiares y sociales. El Casino de Santander reconoce esta realidad y adopta medidas para minimizar los riesgos asociados al juego, garantizando un entorno regulado, seguro y responsable.
2. Marco normativo
El Casino de Santander desarrolla su actividad conforme a la legislación española en materia de juego, incluyendo la normativa estatal y las disposiciones específicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Las obligaciones en materia de juego responsable derivan directamente de dicho marco regulatorio, que establece requisitos mínimos de protección al jugador, restricciones de acceso y mecanismos de autoexclusión.
La sociedad titular del establecimiento, Gran Casino del Sardinero Sociedad Anónima, está participada al cincuenta por ciento por el Ayuntamiento de Santander y el Gobierno de Cantabria, lo que refuerza el carácter institucional de la gestión de la actividad de juego.
3. Restricciones de acceso
3.1. Edad mínima
El acceso a las áreas de juego del Casino de Santander está estrictamente prohibido a personas menores de dieciocho años. En los accesos a las salas de juego se aplican controles de identidad. Toda persona que no pueda acreditar documentalmente su mayoría de edad tendrá denegado el acceso, sin excepción.
3.2. Personas autoexcluidas y prohibidas
El acceso a las instalaciones de juego está igualmente prohibido a las personas incluidas en el Registro de Prohibidos de Juego de Cantabria, en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de ámbito estatal o en cualquier otro registro oficial de exclusión aplicable conforme a la normativa vigente.
En el control de acceso, el Casino de Santander verifica la situación de los usuarios en los registros mencionados. La detección de una persona incluida en cualquiera de estos registros conlleva la denegación inmediata del acceso a las áreas de juego.
3.3. Personas en situación de vulnerabilidad
El personal del establecimiento está instruido para identificar indicios de comportamiento problemático o situaciones de vulnerabilidad en los usuarios. En tales casos se aplicarán los protocolos internos establecidos, que pueden incluir la interrupción del acceso al juego y la derivación a recursos de atención especializados.
4. Autoexclusión voluntaria
4.1. Derecho a la autoexclusión
Cualquier persona puede solicitar su inclusión en el Registro de Prohibidos de Juego de Cantabria o en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de ámbito estatal. Una vez inscrita, dicha persona no podrá acceder a las áreas de juego del Casino de Santander ni de ningún otro establecimiento de juego sujeto a la normativa aplicable.
4.2. Procedimiento
La solicitud de autoexclusión debe dirigirse a las autoridades competentes en materia de juego, conforme al procedimiento establecido por la normativa autonómica y estatal. El Casino de Santander facilita información sobre este procedimiento a cualquier usuario que lo solicite, a través del personal del establecimiento o mediante los canales de contacto habilitados.
4.3. Carácter vinculante
La autoexclusión tiene carácter vinculante para el establecimiento. El Casino de Santander no puede levantar ni suspender una autoexclusión registrada oficialmente. La reincorporación al juego, en los casos en que la normativa lo permita, requiere el cumplimiento íntegro del procedimiento de baja en el registro correspondiente ante la autoridad competente.
5. Información al usuario
5.1. Transparencia sobre el juego
El Casino de Santander pone a disposición de los usuarios información clara sobre la naturaleza del juego de azar, incluyendo el carácter aleatorio de los resultados y la imposibilidad de garantizar ganancias. Esta información se encuentra disponible en las instalaciones del establecimiento.
5.2. Señalización y avisos
El establecimiento dispone de señalización visible en las áreas de juego con mensajes relativos al juego responsable, incluyendo información sobre los riesgos del juego problemático y los recursos disponibles para quienes necesiten asistencia.
5.3. Recursos de atención
El Casino de Santander informa a los usuarios sobre la existencia de servicios de atención especializados en juego problemático, tanto de ámbito autonómico como estatal. El personal del establecimiento puede facilitar esta información a cualquier usuario que la solicite.
6. Horario de acceso y control del entorno de juego
El Casino de Santander opera en horarios regulados. La sala de máquinas permanece abierta de 14:00 a 04:00 horas y la sala de juego de 20:00 a 04:00 horas. Estos horarios están establecidos conforme a la normativa aplicable y contribuyen a delimitar temporalmente el acceso al juego como actividad de ocio acotada.
El control de acceso se realiza en los puntos de entrada a las áreas de juego, donde se verifica la identidad de los usuarios, su mayoría de edad y su situación respecto a los registros de exclusión. El acceso a las áreas de juego es independiente del acceso a otras zonas del establecimiento destinadas a usos culturales, hosteleros o de otro tipo.
7. Obligaciones del establecimiento
En materia de juego responsable, el Casino de Santander asume, entre otras, las siguientes obligaciones:
- Aplicar los controles de acceso establecidos por la normativa vigente, incluyendo la verificación de identidad y la consulta de los registros de exclusión.
- Garantizar que el personal del establecimiento recibe formación adecuada para identificar situaciones de riesgo y aplicar los protocolos internos correspondientes.
- Mantener visible y accesible en las instalaciones la información sobre juego responsable y recursos de atención.
- Facilitar a cualquier usuario que lo solicite información sobre el procedimiento de autoexclusión y los registros oficiales aplicables.
- Cumplir con las obligaciones de reporte e información ante las autoridades competentes en materia de juego.
8. Obligaciones del usuario
El acceso a las áreas de juego del Casino de Santander implica la aceptación de las siguientes obligaciones por parte del usuario:
- Acreditar documentalmente la mayoría de edad cuando sea requerido por el personal del establecimiento.
- Declarar, en caso de ser preguntado, la ausencia de inscripción en registros de exclusión de acceso al juego.
- Respetar las normas internas del establecimiento y las instrucciones del personal en materia de acceso y permanencia en las áreas de juego.
- Abstenerse de facilitar el acceso a las áreas de juego a personas menores de edad o a personas incluidas en registros de exclusión.
9. Contacto
Para cualquier consulta relacionada con esta política, el procedimiento de autoexclusión o los recursos de atención disponibles, el Casino de Santander puede ser contactado a través de los siguientes medios:
- Dirección: Plaza de Italia, s/n, 39005 Santander, Cantabria, España
- Teléfono: +34 942 27 60 54
- Sitio web oficial: www.grancasinosardinero.es
.Dg0_--Xj_16hTPw.webp)